Podas y talas

Poda de árboles.

Podas

El Ayuntamiento tiene diversos sistemas de recogida de restos de poda dependiendo la época del año y sus cantidades.

Para cantidades menores, contactar con el correo electrónico medioambiente@paracuellosdejarama.es, para ver qué tratamiento darle ya que los 30 puntos de recogida de poda, debidamente identificados, en varios puntos del municipio, se tuvieron que eliminar por el mal uso realizado de los mismos. (Mapa de ubicaciones)

Además, durante todo el año se pueden depositar restos de poda en el Punto Limpio Municipal.

NOTA: En todos los casos, los restos de poda deberán ir perfectamente cortados y empaquetados, con un tamaño no superior a 1 m de largo.

Talas

El Ayuntamiento a la hora de autorizar una tala o una poda drástica del de árboles en el municipio se regirá por la Ley de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid ( 8/2005, de 26 de diciembre), en su artículo 2, se prohíbe la tala de todas las especies arbóreas con más de 10 años de antigüedad o un diámetro de tronco a nivel del suelo superior a 20 cm, sin una causa justificada.

En aquellos casos en los que la tala sea la única alternativa viable se exigirá la plantación de un ejemplar adulto de la misma especie por cada año de edad del árbol eliminado en el mismo lugar o en sus proximidades o donde determinen los servicios técnicos.

Queda prohibida, por el artículo 3 de la presente ley, la poda drástica, indiscriminada y extemporánea de todo árbol protegido por esta Ley. Constituirán excepción a la norma anterior aquellos casos en los que la copa de los árboles disminuya notablemente la luminosidad interior de las viviendas, no guarde las distancias a tendidos eléctricos o telefónicos previstas en la normativa vigente, dificulte o impida la visibilidad de semáforos y, en todo caso, cuando exista algún peligro para la seguridad vial o peatonal.